Modelos y tasas

Las tasas del modelo 790 en extranjería: 052, 062 y 012

Casi ningún trámite de extranjería se libra de la tasa 790, y el error no suele estar en el importe: está en elegir el código equivocado o en pagarlo en el momento equivocado. Son tres códigos, van a administraciones distintas y se pagan en fases distintas del expediente. Esto es cuál toca en cada caso, cuándo, y quién tiene que pagarlo.

Los tres códigos, en una frase cada uno

El 052 se paga al SOLICITAR una autorización de residencia o su renovación, y va a la Oficina de Extranjería. El 062 se paga cuando el expediente incluye autorización de TRABAJO por cuenta ajena o propia. Y el 012 se paga DESPUÉS, ya con la autorización concedida, para expedir la Tarjeta de Identidad de Extranjero, y se tramita con la Policía Nacional.

Dicho de otra forma: el 052 y el 062 son la entrada del expediente, y el 012 es la salida. Un mismo caso puede llevar los tres, en ese orden y separados por meses.

El orden importa, y es donde más se falla

La secuencia habitual de una residencia con trabajo es esta: se presenta la solicitud en Extranjería con el 052 y el 062 pagados y justificados, se espera la resolución, y solo cuando llega favorable se paga el 012 y se pide cita para las huellas y la tarjeta.

Pagar el 012 antes de tener la resolución es tirar el dinero y no adelanta nada: la Policía no expide una tarjeta de una autorización que todavía no existe. Y al revés, presentar la solicitud sin el justificante del 052 no acelera el trámite: la oficina no admite el expediente.

El justificante tiene que ir validado. Si se paga en ventanilla, con el sello del banco; si se paga por internet, con el justificante telemático del pago. Un impreso relleno pero sin constancia de pago no vale, y es un motivo de requerimiento tan tonto como frecuente.

052: la de la residencia, y la trampa del epígrafe

El código 052 cubre las autorizaciones de residencia y sus prórrogas o renovaciones. Dentro conviven varios epígrafes según el trámite (la prórroga de estancia, la residencia temporal, el arraigo, la larga duración, la modificación de la autorización), y cada uno tiene su importe.

El importe no es único ni conviene memorizarlo, porque cambia por epígrafe y se revisa periódicamente. Lo que sí conviene tener claro es el epígrafe, porque es lo que decide el importe: el propio formulario de la sede lo calcula una vez marcado. Marcar el que no toca se traduce en pagar de menos, que abre un requerimiento, o de más, que no se devuelve solo.

062: la del trabajo, y quién la paga

El código 062 corresponde a las autorizaciones de trabajo, y su importe depende del salario del puesto. El umbral es dos veces el salario mínimo interprofesional: por debajo se aplica un importe y a partir de ahí, otro. A fecha de 10 de agosto de 2026, esos importes son de 203,84 euros cuando la retribución es inferior a dos veces el salario mínimo y de 407,71 euros cuando lo iguala o lo supera. La misma cuantía de 203,84 euros se aplica a la autorización de trabajo por cuenta propia.

Y aquí está el dato que más veces hay que explicar, porque no es evidente y además protege al trabajador: en las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, el sujeto obligado al pago del 062 es el EMPLEADOR, no la persona trabajadora. Es la empresa quien inicia el procedimiento de contratación y quien asume ese coste, y ese importe no se puede descontar del salario.

Conviene decirlo por escrito al empleador desde el principio. Un descuento en nómina por una tasa que corresponde a la empresa es un problema laboral añadido a un expediente que ya es lo bastante largo.

012: la de la tarjeta, y también la del NIE

El código 012 se gestiona con la Policía Nacional y cubre la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, es decir el plástico con la fotografía y las huellas. Su importe varía según el tipo de tarjeta que se expide, y el formulario lo calcula al elegir el supuesto.

El 012 cubre además otros documentos que no son la TIE y que se piden por separado, como la asignación del NIE a quien no reside en España. Por eso es el código que más aparece suelto, sin un expediente de residencia detrás.

Qué hacer si ya has pagado el que no era

Si el error es de epígrafe dentro del mismo código y se ha pagado de menos, lo habitual es abonar la diferencia con un nuevo impreso y aportar los dos justificantes. Si se ha pagado de más, o directamente el código equivocado, existe el procedimiento de devolución de ingresos indebidos, que hay que pedir de forma expresa: nadie devuelve nada de oficio.

En cualquiera de los dos casos, lo que no conviene es presentar el expediente confiando en que ya se corregirá sobre la marcha. Un justificante que no cuadra con el trámite es un requerimiento casi seguro, y un requerimiento consume plazo.

El epígrafe correcto, sin teclear

GOexperto prellena los tres formularios oficiales con los datos del cliente y del expediente y marca el epígrafe que corresponde al trámite. En la 062 avisa además del umbral de dos veces el salario mínimo, que es donde más se resbala. Tú revisas y pagas; el pago y la presentación siguen haciéndose en la sede, como siempre.

Preguntas frecuentes

¿Qué tasa se paga en cada trámite de extranjería?

El modelo 790 con el código 052 para las autorizaciones de residencia y sus renovaciones, el 062 para las autorizaciones de trabajo y el 012 para la expedición de la TIE y para el NIE. Un expediente de residencia y trabajo puede llevar los tres, en ese orden.

¿Cuánto cuesta la tasa 790 062?

Depende del salario del puesto. A 10 de agosto de 2026 son 203,84 euros cuando la retribución es inferior a dos veces el salario mínimo interprofesional y 407,71 euros cuando lo iguala o lo supera. La autorización por cuenta propia son 203,84 euros. Los importes se revisan periódicamente y el formulario de la sede muestra el vigente.

¿Quién tiene que pagar la tasa 062, el trabajador o la empresa?

En las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena el obligado al pago es el empleador, porque es quien inicia el procedimiento de contratación. Ese importe no puede descontarse del salario de la persona trabajadora.

¿Cuándo se paga la tasa 012 de la TIE?

Después de que la autorización se haya concedido. Se paga para expedir la tarjeta y se aporta al pedir la cita de huellas. Pagarla antes de tener la resolución favorable no adelanta el trámite.

¿Vale con presentar el impreso 790 relleno?

No. Hay que aportar la constancia del pago: el sello del banco si se paga en ventanilla o el justificante telemático si se paga por internet. Un impreso sin constancia de pago no se admite y genera requerimiento.

¿Qué pasa si pago el código o el epígrafe equivocado?

Si has pagado de menos, lo habitual es abonar la diferencia y aportar los dos justificantes. Si has pagado de más o el código que no era, hay que pedir de forma expresa la devolución de ingresos indebidos: no se devuelve de oficio.

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