Residencia y nacionalidad
Larga duración vs larga duración-UE: en qué se diferencian y cuál pedir
Tras cinco años residiendo legalmente en España se abre la puerta a la residencia de larga duración. Pero hay dos versiones (la nacional y la de larga duración-UE) que se solicitan con el mismo modelo, el EX-11, y que se confunden con facilidad. No dan exactamente los mismos derechos ni exigen lo mismo. Esta guía aclara la diferencia para que elijas con criterio.
El punto de partida común: cinco años
Las dos modalidades comparten la misma base: con carácter general, haber residido de forma legal y continuada en España durante cinco años. Ambas conceden una residencia estable y renovable, y ambas se solicitan con el mismo impreso oficial, el EX-11.
El cómputo de esos cinco años y las ausencias que se permiten sin romper la continuidad tienen sus reglas, que conviene consultar en la fuente oficial, porque es justo donde más se atasca este trámite.
Larga duración (nacional): consolidar tu residencia en España
La residencia de larga duración «a secas» es la que estabiliza la situación de la persona en España: le permite residir y trabajar aquí de forma indefinida, con renovaciones periódicas de la tarjeta. Es la opción natural para quien tiene su vida hecha en España y no se plantea moverse a otro país.
Larga duración-UE: la que abre la puerta al resto de la Unión
La larga duración-UE procede de una directiva europea (la 2003/109/CE) y añade una ventaja de peso: facilita trasladarse a otro Estado miembro de la Unión Europea mediante un procedimiento más simplificado que empezar de cero en ese país.
A cambio, es más exigente de conceder. Además de los cinco años, obliga a acreditar recursos económicos estables y suficientes para el solicitante y, en su caso, su familia (referenciados al IPREM y al número de familiares) y un seguro de enfermedad. Las cifras concretas se confirman en la hoja informativa oficial.
Entonces, ¿cuál solicito?
La regla práctica es sencilla: si tu cliente va a seguir su vida en España, la larga duración nacional le basta. Si contempla mudarse a otro país de la Unión Europea a medio plazo, la larga duración-UE le da esa movilidad, a cambio de acreditar recursos y seguro.
No es una decisión automática: depende del proyecto de vida de cada persona. La valoración la haces tú; lo importante es no elegir la -UE «por defecto» y encontrarte luego con requisitos que el cliente no cumple.
Cómo se solicita y cómo lo agiliza GOexperto
Las dos modalidades se piden con el modelo oficial EX-11. GOexperto lo genera rellenado con los datos del cliente y la firma incrustada, y mantiene el expediente por sus estados, avisándote de la caducidad y de la renovación de la tarjeta.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre larga duración y larga duración-UE?
La nacional consolida la residencia en España; la larga duración-UE añade la posibilidad de trasladarse a otro Estado miembro de la Unión Europea por un procedimiento simplificado, a cambio de requisitos más exigentes (recursos económicos estables y seguro de enfermedad).
¿Cuántos años de residencia se necesitan?
Con carácter general, cinco años de residencia legal y continuada en España. El cómputo y las ausencias permitidas se consultan en la fuente oficial del trámite.
¿Qué modelo se usa para la larga duración?
El modelo oficial EX-11, tanto para la larga duración nacional como para la larga duración-UE. GOexperto lo genera rellenado y firmado.
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