Residencia y nacionalidad
Nacionalidad española por residencia: plazos y exámenes
Para muchos expedientes de extranjería, la nacionalidad española es la línea de meta. Y casi siempre llegan con las mismas dos preguntas: cuántos años de residencia hacen falta y qué exámenes hay que aprobar. Vamos con las dos, claras.
Los años de residencia
El plazo general es de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Pero ese número baja bastante en varios supuestos: cinco años para quienes han obtenido asilo o la condición de refugiado; dos años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí; y un año en casos como haber nacido en territorio español o estar casado con una persona española.
Y no basta con el tiempo: también se exige acreditar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración.
Los exámenes: CCSE y DELE
Con carácter general hay que superar dos pruebas del Instituto Cervantes: la CCSE, de conocimientos constitucionales y socioculturales de España, y la DELE, de lengua española. De la prueba de lengua están exentas las personas nacionales de países donde el español es idioma oficial.
Un procedimiento propio, sin modelo EX
Aquí hay una diferencia importante con el resto de trámites: la nacionalidad por residencia no se pide con un modelo EX, sino por un procedimiento electrónico propio del Ministerio de Justicia. Y atención al final del camino: una vez concedida, hay que jurar o prometer en un plazo determinado para que la concesión no decaiga.
GOexperto, del expediente a la jura
GOexperto gestiona el expediente de nacionalidad con sus fechas, su estado y su documentación, genera el mandato de representación de nacionalidad firmado y te avisa de los vencimientos, incluido el plazo para la jura tras la concesión.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años de residencia se necesitan para la nacionalidad?
El plazo general es de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Se reduce a cinco para personas refugiadas, a dos para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y para sefardíes, y a un año en supuestos como haber nacido en España o llevar un año casado con una persona española. Confirma tu caso en la fuente oficial.
¿Qué exámenes hay que aprobar?
Con carácter general, la prueba CCSE y la prueba DELE del Instituto Cervantes. De la de lengua están exentas las personas nacionales de países donde el español es idioma oficial.
¿La nacionalidad usa un modelo EX?
No. Se tramita por un procedimiento propio del Ministerio de Justicia. GOexperto gestiona el expediente y genera el mandato de representación de nacionalidad.
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